DIRECCIÓN DE PATRIMONIO DOCUMENTAL BIBLIOGRÁFICO
Órgano técnico del Centro de Servicios Bibliotecarios Especializados responsable de organizar, conducir, ejecutar y evaluar el desarrollo de las acciones y programas así como formular e implementar disposiciones y normas orientadas a promover y asegurar la DECLARACIÓN , CUSTODIA , VALORACIÓN y el CONTROL del acervo documental-bibliográfico y digital; que constituye Patrimonio Cultural de la Biblioteca Nacional del Perú y demás bibliotecas del país.
Definiciones importantes
PATRIMONIO .- Es el conjunto de bienes y derechos que corresponden a una persona, y que pueden ser apreciables en dinero. En el Derecho Privado la titularidad puede pertenecer a una persona privada o pública, en el Derecho Público la titularidad corresponde a la Administración Pública.
PATRIMONIO DOCUMENTAL .- Es el conjunto de documentos de cualquier época, conservados o reunidos en el ejercicio de su función por cualquier organismo o entidad de carácter público; encabezando estas instituciones, para el descarte de bien patrimonial, se encuentra la Biblioteca Nacional del Perú en lo que le compete. La titularidad de estos bienes lo tienen las instituciones mencionadas en la ley 28296, artículo VII: Biblioteca Nacional del Perú, Instituto Nacional de Cultura y el Archivo General de La Nación.
PATRIMONIO DOCUMENTAL BIBLIOGRÁFICO .- Es todo documento bibliográfico generado en cualquier época, reunido y conservado por la Biblioteca Nacional del Perú, instituciones públicas, instituciones privadas, o personas naturales, de acuerdo a las normas vigentes. Está compuesto por la cantidad que señale la Ley de Depósito Legal u otra análoga. Si la Biblioteca no tuviera el título, se presumen Patrimonio los que se encuentre en poder de otras personas: instituciones publicas, privadas y personas naturales; de acuerdo a este orden se hará la búsqueda y declaración correspondiente.
PATRIMONIO DOCUMENTAL BIBLIOGRÁFICO HISTÓRICO .- Es todo documento bibliográfico impreso antes de 1851 en nuestro país. Puede haber sido impreso en otro país, siempre y cuando se haya importado al nuestro de acuerdo a las normas internacionales y nacionales del país de origen o países en los que haya estado, en este segundo caso su exportación requerirá de una certificación, pues toda obra peruanista adquirida legalmente se convierte en nuestro patrimonio (Convención sobre Defensa del Patrimonio Arqueológico, Histórico y Artístico de las Naciones Americanas, Art. 02). Las obras posteriores se rigen por la Ley 28296 y leyes que rigen la forma de adquisición de los documentos bibliográficos por la Biblioteca Nacional. La titularidad de estos documentos puede ser pública o privada, la Biblioteca Nacional del Perú registrará todas las obras al margen del poseedor.
PATRIMONIO DOCUMENTAL BIBLIOGRÁFICO MODERNO .- Es todo documento bibliográfico moderno, procesado por la Biblioteca Nacional del Perú. Su obtención está regulado por la Ley de Depósito Legal, su Reglamento y normas concordantes. La protección está sancionada en la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.
Legislación sobre Patrimonio Documental Bibliográfico
- Constitución Política del Perú, 1993. Artículo 2º inc. 8, 17 y 19; Artículos 14º (último párrafo), 17º (último párrafo), y 21º.
- Código Penal. Artículo 186 segundo párrafo inciso 2, artículo 206 inciso 1, Título VIII, Artículos 226º-231º (se toma el concepto de bien cultural como igual al de patrimonio cultural de la nación en el código penal).
- Ley Orgánica del Ministerio de Educación, Decreto Ley Nº 25762
- Estatuto de la Organización Internacional de Policía Criminal-OI/C-INTERPOL.
- Resolución Suprema del 11/06/1943 (impidiendo la salida de libros, folletos, documentos y periódicos).
- Decreto Supremo del 21/02/1945 (Se reglamenta la exportación de documentos históricos).
- Decreto Supremo del 15/04/1948 (Se prohíbe la exportación de documentos históricos).
- Convención para la Protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado. Reglamento y Protocolo. (La Haya- Holanda, 14/05/1954)
- Ley Nº 12956. Prohibiendo la exportación de todo objeto valor, arqueológico o histórico, del 28/02/1958 (Artículos 09º y 12º, únicos vigentes).
- Convenio sobre Protección del Patrimonio Arqueológico Histórico y Artístico (Buenos Aires, 14/05/1963).
- Decreto Ley aprobando la afiliación del Perú a la Organización Internacional de Policía Criminal., del 14/06/1963.
- Convención sobre las medidas que deben aceptarse para prohibir e impedir la importación, la exportación y la transferencia de propiedad ilícita de Bienes Culturales (París, 14/11/1970).
- Decreto Ley Nº 19414 del 16/05/1972, Ley de Defensa, Conservación e Incremento del Patrimonio Documental de la Nación.
- Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural (16/11/1972, suscripción).
- Decreto Supremo Nº 022-75-ED, del 20/10/1975, Reglamento del Decreto Ley 19414.
- Convención sobre Defensa del Patrimonio Arqueológico, Histórico y Artístico de las Naciones Americanas, (16/06/1976); ratificado por el Perú el 01/02/1980.
- Convenio entre la República del Perú y la República de Bolivia para la Recuperación de Bienes Culturales y otros robados, importados o exportados ilícitamente (Lima, 05/11/1981).
- Código Civil. Artículo II del título preliminar.
- D.S. 16-85-ED (promulgado: 22/02/1985 publicado: 27/02/1985). Declaran que son intangibles, inalienables e imprescriptibles los bienes muebles de la época prehispánica pertenecientes al Patrimonio Cultural del la Nación.
- Acuerdo para la difusión, protección, conservación y recuperación de bienes arqueológicos, históricos y culturales (10/04/1987, suscripción con Uruguay, mediante canje de notas).
- D.L. Nº 24949 Promulga la Ley de Creación de la Policía Nacional del Perú, del 06/12/88.
- D.S. Nº 001-IN del 25 de febrero de 1992. La Policía Nacional del Perú representa ante la Organización Internacional de Policía Criminal.
- D.S. Nº 002-92-IN (03/05/93). Ratifica afiliación del Perú designando a la PNP como representante ante la OIPC.
- Ley Nº 25762, modificada por Ley Nº 25510, "Ley Orgánica del Ministerio de Educación".
- Decreto Legislativo Nº 822, "Ley sobre el Derecho de Autor" (23/04/1993).
- Decisión Andina 351 (17/12/1993).
- D.S. Nº 59-95-E.F. Reglamento de Equipaje y Menaje (04/04/95).
- Convenio de UNIDROIT sobre los bienes culturales robados o exportados ilícitamente (24/06/1995, suscripción).
- Ley Nº 26576 (12/01/1996) Modifica la Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural.
- Convenio entre la República del Perú y la República Federativa del Brasil por la Recuperación de Bienes Culturales Robados o Exportados ilícitamente (Brasilia, 26/02/1996).
- Ley General de Aduanas, D. Leg. 809 (19/04/1996).
- Reglamento de la Ley General de Aduanas, D.S. Nº 121-96-EF
- Ley Nº 26905, del 09/12/1997, "Ley de Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú".
- Decreto Supremo Nº 017-98-ED, "Reglamento de la Ley de Depósito Legal de la Biblioteca Nacional del Perú".
- Declaración Conjunta sobre Patrimonio Cultural entre la República del Perú y el Gobierno de Canadá (Canadá, 25/03/1998).
- Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (17/07/1998). Artítulo 08.
- Decisión Andina 588 (10/07/2004) [sustitución de la Decisión Andina 460 "Sobre la Protección y recuperación de bienes culturales del patrimonio Arqueológico, Histórico, Etnológico, Paleontológico y Artístico de la Comunidad Andina" (25/05/1999).
- Acuerdo entre la república del Paraguay y la república del Perú sobre recuperación y devolución de bienes culturales importados, exportados, transferidos ilícitamente o robados (05/03/2001, sucripción, ratificado por el Perú el 30 de mayo del 2001, mediante D.S. 039-2001-RE, falta que Paraguay ratifique).
- Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, del 04/09/2002, "Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú".
- Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Artículos i, v, ix, 7º, 73º, 82º, inciso 12.
- Decreto Supremo Nº 017-2003-ED.
- Ley de los Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008 (19/06/2003).
- Reglamento de la Ley de Delitos Aduaneros, D.S. Nº 121-2003-EF
- Ley Nº 28086, "Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura" (10/10/2003)
- Ley Nº 28296, del 22/07/2004, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación".
Trámites Administrativos
- Asesoría Técnica Especializada
Consultas básicas de los usuarios sobre Patrimonio al e-mail : depdb@bnp.gob.pe
Asesoría Técnica Especilizada : S/. 370.00 Nuevos Soles
- Certificado de Bienes Exportables
Los usuarios que deseen exportar bienes fuera del territorio nacional, deberán solicitar el respectivo Certificado de Bien Exportable que no califica como Patrimonio Documental Cultural.
Costo : S/. 20.00 Nuevos Soles.
- Declaración de Patrimonio Cultural Documental Bibliográfico
Los usuarios que deseen saber si sus bienes califican como Patrimonio Documental Bibliográfico podrán solicitar el Informe Técnico de Declaración de su bien.
Informe Técnico : S/. 7.50
Declaración de Patrimonio Cultural : S/. 100.00 Nuevos Soles
- Valorización de Bienes Documentales Bibliográficos
Los usuarios podrán solicitar la valorización de sus bienes documentales bibliográficos cuyo producto final es un Informe Técnico de Valorización. La valorización se realiza en base al año de publicación del bien según la siguiente tabla :
Informe Tecnico : S/. 50.00
Volumen de 1990-2005 S/. 2.00
Volumen de 1970-1989 S/. 2.50
Volumen de 1950-1969 S/. 4.00
Volumen de 1930-1949 S/. 7.00
Volumen de 1910-1929 S/. 8.00
Volumen de 1900-1909 S/. 9.00
Volumen de 1800-1899 S/. 20.00
Volumen de 1700-1799 S/. 25.00
Volumen de 1600-1699 S/. 30.00
Volumen de 1400-1599 S/. 50.00
- Peritaje del Patrimonio Cultural Documental Bibliográfico
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE SERVICIOS E INVESTIGACIONES BIBLIOGRÁFICAS
El Centro de Servicios Bibliotecarios Especializados, a través de la Dirección Ejecutiva de Servicios e Investigaciones Bibliográficas ofrece a los usuarios investigadores los servicios especializados, así como la investigación bibliográfica y la puesta en valor del material documental bibliográfico de la Biblioteca Nacional del Perú.
Para acceder a los servicios especializados que ofrece el Centro de Servicios Bibliotecarios Especializados, es necesario obtener el Carné de Lector Investigador.
REQUISITOS
Pueden gestionar el carné de lector investigador los profesionales, bachilleres y estudiantes universitarios (peruanos y extranjeros) del último año de pre-grado; que se encuentren efectuando una tesis o u equivalente. Todos los estudiantes deben contar con el aval de una universidad o entidad similar. El solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Presentación de un documento de identidad en la recepción de la biblioteca (Extranjeros: pasaporte o carné de extranjería).
- Carta de presentación en papel membretado de la institución que avala al usuario dirigida a la Dirección General del Centro de Servicios Bibliotecarios Especializados (CSBE).
- Entrevista personal.
- Pago de los derechos por carné de lector investigador
Dos fotografías actualizadas tamaño carné (blanco y negro o a color)
El carné de lector investigador tiene vigencia de un año (renovable y es personal e intransferible
Las personas que no cumplan con los requisitos señalados pueden acceder a un pase temporal por (15 ó 30 días) previa presentación de documentos, carta de presentación dirigida a la Dirección General del CSBE, evaluación de su solicitud y el abono del pago respectivo.
SERVICIOS CENTRALES QUE BRINDAMOS :
- Referencia y consulta de material bibliográfico y especial
- Reprografía:
- Fotocopia simple (para libros o folleto publicados después de 1960)
- Microfilm
- Fotocopia de microfilm
- Fotografía
- Digitalización de imágenes
- Transcripciones paleográficas
- Investigaciones bibliográficas y/o hemerográficas
FONDOS
- Libros, folletos y volantes peruanos y peruanistas (desde el siglo XVI hasta la actualidad)
- Manuscritos
- Colecciones particulares de: Raúl Porras Barrenechea, Ricardo Palma, Manuel Cisneros Sánchez Ricardo Bustamante Cisneros, Paul Rivet Alfonso Barrantes Lingán, entre otros.
- Contamos con una apreciable colección de "Documentos Iconográficos": fotografías , álbumes, litografías, retratos, pinturas, acuarelas, óleos, etc., peruano y extranjero
- La colección cartográfica, comprende mapas históricos de los siglos XVI al XIX, planos de los siglos XVII al XXI ; así como también atlas que datan de los siglos XVIII al XX.
- La colección musical está conformada por manuscritos y partituras musicales, cinta magnetofónicas, discos de carbón y de vinil, cassettes de audio, cancioneros, etc .
Horario de atención :
Inscripción, servicios de reprografía y transcripciones paleográficas:
Lunes a viernes de 08:00 h. a 16:00 h.
Sala de Investigaciones Alberto Tauro del Pino
Lunes a viernes de 08:00 h. a 20 h. Sábados de 08:00 a 14 h.
Sala de Materiales Especiales
Lunes a viernes de 08:00 h. a 16:00 h. |
La Dirección Ejecutiva de Preservación y Conservación
Es un órgano dependiente del Centro de Servicios Bibliotecarios Especializados y tiene por funciones cautelar por la adecuada conservación del patrimonio bibliográfico de la BNP, para asegurar su protección física, así como procurar la recuperación de los materiales documentales deteriorados. Para ello, utiliza las técnicas de Conservación Preventiva y la restauración.
De esta dirección dependen los laboratorios de Microfilm, Fotografía y Restauración, destinados a realizar servicios de microfilmación, reproducciones y ampliaciones fotográficas y recuperación del material deteriorado, a las diferentes áreas y usuarios de la Biblioteca.